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Jun 8, 2015

Nuestra firma ya vale un poco más

written by socialnius

Por @CiegoVisible, sígueme en Twitter

En estos días, se está intentando una vez más a través de nuestras principales instituciones del país, que las personas con discapacidad no estemos excluidas en aspectos principales de la sociedad. Hoy gracias a la tecnología y a nuevas leyes promulgadas como la convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad, el Senado eliminará la exclusión que impide a determinadas personas con discapacidad ser testigos en testamentos.

El Grupo Parlamentario Popular del Senado ha presentado una enmienda al proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, que se tramita en estos momentos en la Cámara Alta, a fin de modificar el artículo 681 del Código Civil, cuya redacción actual impide a determinadas personas con discapacidad actuar como testigos en testamentos.

El texto vigente del citado artículo del Código Civil dispone que no podrán ser testigos en los testamentos “los ciegos y los totalmente sordos o mudos” y “los que no estén en su sano juicio”, lo que supone una discriminación por motivos de discapacidad y entra en clara contradicción con los mandatos de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada y ratificada por España.

A partir de esta enmienda, y una vez sea adoptada, el Código Civil ya no hará referencia a las personas con discapacidad para excluirlas de estas tareas, limitándose a establecer neutralmente que no podrán ser testigos en testamentos “los que no presenten el discernimiento necesario para desarrollar la labor testifical”.

El CERMI había denunciado esta flagrante exclusión contra las personas con discapacidad y planteó al ministerio de Justicia la modificación de este artículo del Código Civil, lo que se producirá con la presentación y posterior aprobación de esta enmienda en el marco del proyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria.

Según el calendario del Senado, está previsto que este proyecto de Ley sea aprobado en el Pleno del próximo día 9 de junio, para ser a continuación devuelto al Congreso para su adopción definitiva.

En primer lugar, mostrar mi satisfacción por esta noticia y apostillar que el propio reglamento notarial ya acoge también esta nueva redacción en su art.182.1. Con ello se eliminará una de las discriminaciones del colectivo de ciegos en estas materias jurídicas ya que podremos ser testigos en el otorgamiento de escrituras y testamentos.

Pero falta otra cosa importante que la ACIC (asociación de ciegos independientes de Cataluña), viene reivindicando desde 2010 cuando se aprobó la reforma del Código Civil de Cataluña:

1. Las personas ciegas necesitamos de la presencia de dos testigos para el otorgamiento válido de cualquier documento notarial: escrituras públicas, (COMPRAVENTA DE PISOS, HIPOTECAS, DONACIONES, ETC), y para otorgar testamento.

2. Además, dentro de los diversos tipos de testamentos, sólo podemos otorgar testamento abierto, (ante notario, y con la presencia de estos dos testigos). El testamento cerrado, y el testamento ológrafo, -escrito de puño y letra por el testador- nos están prohibidos.

Es necesario reformar la legislación civil y notarial para introducir el uso de las nuevas tecnologías (lectores y ampliadores de pantalla en las notarías), y permitir que en el caso de personas ciegas valga el uso de la firma electrónica, -ya permitido en el Reglamento notarial-, para eliminar o reducir al máximo estas prohibiciones, así como suprimir la obligatoriedad de los testigos cuyo único papel es dar fe de que la persona ciega firma lo que el notario ha leído y no otra cosa.

La ACIC, ha presentado al Gobierno y a los grupos parlamentarios, una propuesta para la reforma del Código Civil, de la ley del notariado, y del Reglamento notarial en este sentido. En Cataluña, a instancias de la ACIC., se introdujo una disposición adicional en el Código Civil, que permitiría el uso de las nuevas tecnologías y limitar las prohibiciones en el otorgamiento de testamentos y escrituras, cuando la legislación estatal notarial así lo regule, porque el Colegio de Notarios se opuso a una redacción más innovadora del código civil.

Esperemos que el camino que se ha iniciado con esta reforma que ahora aprueba el Senado, continúe hacia adelante y así no nos sintamos discriminados en estas cuestiones en las que hoy en día se pueden acometer medidas de acercamiento a la accesibilidad de las mismas y buscar de este modo igualdad para todos.

 

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